viernes, 23 de mayo de 2014
El déficit democrático en la Unión Europea: la Troika
Al hablar del déficit democrático en la Unión Europea rápidamente se cita a la Troika, sin tener en cuenta que no es un organismo comunitario.
jueves, 22 de mayo de 2014
Tópicos antieuropeos
Europa insolidaria, Europa cara y Europa burocrática son algunos de los tópicos antieuropeos que más éxito han tenido, pero ¿son reales?.
martes, 20 de mayo de 2014
Europa no impide invertir en investigación
El señor Rajoy quiere atribuir a presiones de Europa su
política de recortes. No se quiere hacer responsable de su propia política,
pero es él quien decide cómo y dónde se decide recortar el gasto.
lunes, 19 de mayo de 2014
El papel de Europa en el mundo
Europa es una referencia en libertades públicas, en derechos
sociales y estado de bienestar para el resto del mundo, por eso es necesario
que estos elementos progresen dentro de la Unión Europea.
No debemos permitir que la propaganda antieuropea que llevan
a cabo nuestros gobiernos nos alejen de este objetivo.
lunes, 12 de mayo de 2014
Ana Miranda no fue elegida europarlamentaria
En estas elecciones europeas UPyD en Galicia está sufriendo
un hecho curioso: UPyD está silenciado por los medios de comunicación pero es acusado de intentar silenciar al BNG. De entrada hay una diferencia evidente:
mientras a nosotros se nos acusa, falsamente, de intentar silenciar, nosotros sí
que somos silenciados.
El hecho es que la CRTVG, mejor dicho el Consejo de Administración
de la CRTVG, excluyó a UPyD de la cubertura informativa a la que, como fuerza
parlamentaría europea, tiene derecho. Al
mismo tiempo que incluyó al BNG como fuerza europarlamentaria, consideración a
la que según resolución de la Junta Electoral Central no tiene derecho. No es ocioso recordar aquí que el Consejo de Administración de la CRTVG está integrado por los
partidos con representación en el Parlamento Gallego.
Según la Junta Electoral Central son fuerzas parlamentarias,
“al haber obtenido representación en las últimas elecciones equivalentes” el PP,
PSOE, Coalición por Europa, Izquierda Plural, UPyD y
L’Esquerra pel Dret a Decidir. Afirmación que ignora la RTVG, que
únicamente ha incluido a cuatro formaciones: PP, PSOE, BNG y AGE excluyendo a
UPyD.
Europa de los Pueblos sólo consiguió un diputado Oriol Junqueras |
El BNG contestó con ironía, porque es de la única forma en
que pueden ocultar que Ana Miranda no salió elegida parlamentaria y sólo pudo estar en el parlamento por una
concesión de Esquerra Republicana, mediante la dimisión de su eurodiputado
Oriol Junquera. Mediante un fraude de
ley los partidos llegan a acuerdos extraelectorales y se reparten el escaño, dando origen al "parlamentario rotatorio"
Pero la mentira tiene muy corto recorrido y cuando llegan estas
elecciones dos coaliciones electorales intentaron hacerse acreedoras de la
condición de parlamentarias: L’Esquerra
pel Dret a Decidir y Los Pueblos Deciden (formada por Bildu y BNG entre otros).
La Junta Electoral Central dictaminó que
L’Esquerra pel Dret a Decidir era la
formación que debería ser considerada parlamentaria ya que estaba integrada
por Esquerra Republicana, que fue quien obtuvo
el parlamentario: Oriol Junqueras.
Ese fraude es más acusado si se tiene en cuenta que se engaña
a los electores al presentarle una papeleta en la que realmente no figura la
persona a la que se vota:
Lista que presenta el BNG en estas elecciones:
Lista a la que realmente se vota:
Hay gente que sólo puede usar la ironía, porque la realidad
es muy negra.
miércoles, 26 de marzo de 2014
La cuota de la caballa: Un reparto desiquilibrado
Recientemente nuestro grupo
parlamentario recibió a una delegación de pescadores gallegos del cerco, donde
les pusieron de manifiesto la situación por la que atraviesa el sector en
relación con la pesquería de la caballa. El sector del cerco manifiesta su
disconformidad con los TACs (totales admisibles de capturas) y, sobre todo, con
la forma en que el gobierno ha repartido estas cuotas entre las diversas zonas
del caladero cantábrico.
La forma en que el gobierno
repartió las 13700 toneladas de cuota se basó en los cuatro parámetros siguientes:
a) Un 70%
proporcional a los históricos de pesca,
esto es la cantidad de pesca declarada en los últimos años.
b) Un 10% en
función del GT del barco (un número relacionado con la potencia y el tamaño del
barco).
c) Un 10%
proporcional al número de barcos de cada zona.
d) Un 10%
proporcional al número de tripulantes de los barcos.
Utilizar los históricos como
criterio fundamental para fijar la cuota es muy perjudicial para la flota
gallega debido, al menos, 3 características de la pescadería de la caballa:
-La forma en que se venía
pescando tradicionalmente, lo que se conoce como método olímpico.
-El interés por la pesca de
la caballa.
-La diferencia entre la
pesca real y la pesca declarada.
En cuanto a la primera de las características enunciadas,
hay que tener en cuenta que el método olímpico no hace referencia ningún tipo
de "arte" pesquero, sino a la velocidad para llegar a donde se
encontraba la caballa y poder pescar el máximo, en el mínimo tiempo posible. La
caballa, que es una especie pelágica y migratoria, viene desde Noruega entra
por Irún y recorre la cornisa cantábrica, por lo tanto históricamente los
barcos gallegos si querían pescarla tenían que ir hacia el País Vasco y era allí
también donde se descargaba la pesca.
La segunda característica
que hace que los históricos sean perjudiciales para la flota gallega es que durante
muchos años la pesca de la caballa no fue interesante para los barcos gallegos,
ya que se dedicaban a otras especies de mayor valor comercial.
Tampoco debemos ignorar el
tercer factor, similar a lo ocurrido en otros sectores gallegos, que es la
falta de adecuación entre lo declarado y lo pescado realmente. Así se explica
que los 17 barcos del cerco que se desmarcaron del acuerdo (Lugo, Ribeira y
Cambados) tienen, gracias a los históricos, casi el 30% de la cuota total de
Galicia.
Así mismo, haciendo
referencia al histórico asignado a los buques vascos, hay que tener en cuenta
que:
-Los históricos se referencian
entre los años 2002 a 2011.
-La flota vasca no comenzó a
pescar caballa hasta el 2005.
-De este año en adelante no
tuvieron cupo mientras que la flota gallega ya estaba regulada (desde el año 1982).
-En los años 2012 y 2013 a ellos
les obligaron a tener un cupo equivalente al gallego pero “casualmente” esos años no se contabilizaron
para los históricos.
El reparto actual es fundamentalmente desigual.
Un reparto de cuota basada
en los históricos introduce una gran desigualdad como se puede observar en el
cuadro adjunto, que elaboré a partir de los datos oficiales.
Tripulantes
|
Cuota en toneladas repartiendo en
función del número de tripulantes
|
% Sobre el total repartiendo en función
del número de tripulantes
|
% Sobre el total repartiendo por el sistema actual, priorizando los
históricos
|
Diferencia entre los dos sistemas
|
|
Galicia
|
1380
|
5982
|
43.66%
|
24.86%
|
-18.80%
|
Asturias
|
130
|
536
|
4.11%
|
3%
|
-1.11%
|
Cantabria
|
615
|
2666
|
19.46%
|
24.03%
|
4.57%
|
País Vasco
|
1035
|
4487
|
32.75%
|
48.11%
|
15.36%
|
Total
|
3160
|
13700
|
Así, comparando el reparto
de cuotas según el método actual y el reparto lineal en función de los tripulantes,
podemos observar que Galicia pierde prácticamente la mitad de la cuota que le
correspondería si se siguiera el criterio de reparto en función del número de
tripulantes. Y, como consecuencia, cada marinero enrolado en el País Vasco es
acreedor de 2.5 veces la cuota que le corresponde a un tripulante gallego.
La propuesta del sector del cerco
El planteamiento que el
sector del cerco transmitió a nuestros parlamentarios fue que el sistema más
justo de reparto es distribuir la cuota
en función del número de tripulantes, esto es, asignar una cantidad de kilos
por cada tripulante, consiguiéndose de esta
forma que el reparto sea siempre proporcional.
Así mismo, el sector se
opone a que el reparto se haga en base a los históricos ya que, como hemos
visto más arriba, el sector gallego no puede competir con los históricos del
País Vasco, dado que el sector gallego está regulado desde el año 1982 con cupos diarios, es decir con un límite de kilos por día y el vasco no,
además sólo se salía a faenar cuatro días a la semana mientras que en otras
comunidades se sale al mar durante los cinco días de la semana y sin límite de capturas.
Si bien parece que el
conflicto se ha solucionado con la salida a faenar de los barcos, lo cierto que esta solución es más aparente que real porque salen
obligados por la necesidad de conseguir unos ingresos imprescindibles para a
sus hogares.
Tanto el grupo parlamentario
de UPyD , como desde UPyD en Galicia seguimos en contacto con el sector porque
creemos que nuestro sector pesquero es una industria capaz y exigiremos la gobierno
explicaciones sobre el reparto de cuotas en el parlamento, mediante la
presentación de una pregunta parlamentaria que se efectuará esta semana.
martes, 2 de julio de 2013
¿Qué es el “tax lease”?
2013 © José Antonio De LOrenzo Esta obra está licenciada baixo o Creative Commons Reconocimiento-CompartirIgual CC BY-SA 3.0. |
El “tax lease” es una
operación circular que consigue reducir los impuestos a pagar por empresas “del
naval” como Inditex, El Corte Inglés o
Ikea. Trataremos de explicarlo.
Los protagonistas son:
- El astillero, que construye el barco.
- El armador, que lo contrata.
- Una empresa de leasing, que compra el buque al armador
mientras se construye. La empresa de "leasing" hace la adquisición a su
nombre y luego la deja en arriendo a un tercero.
- Una agrupación de interés económico (AIE), conjunto de empresas que se ahorraran impuestos.
2013 © José Antonio De LOrenzo Esta obra está licenciada baixo o Creative Commons Reconocimiento-CompartirIgual CC BY-SA 3.0. |
El mecanismo del “tax lease”
El armador contrata un buque a un astillero.
El armador vende el buque en construcción a una firma de
leasing, esta lo alquila en forma de un
leasing a la agrupación de interés
económico (AIE).
La (AIE) arrienda el
buque al armador sin tripulación y con una opción de compra, por
consiguiente, el armador se hace cargo de
la plena gestión del barco, como si fuese suyo.
Por lo tanto, la operación se resume de la siguiente forma:
Un armador compra un barco, lo vende a una
empresa (la de leasing) que lo alquila a otra empresa (AIE), que lo alquila al
armador quien al final se lo compra.
Hasta aquí, sólo vemos algo muy raro, pero no vemos donde
está la ventaja. La ventaja aparece
cuando aplicamos nuestra legislación sobre el impuesto de sociedades, que permiten
la amortización acelerada de estos contratos, como instrumento fiscal.
2013 © José Antonio De LOrenzo Esta obra está licenciada baixo o Creative Commons Reconocimiento-CompartirIgual CC BY-SA 3.0. |
Los beneficios fiscales
A efectos fiscales, esta amortización acelerada en el caso
de la AIE genera una serie de bases imponibles negativas cuantiosas, ya
que se permite deducir hasta el triple de las cantidades anuales pagadas en
concepto del leasing. Para que esta operación
tenga grandes frutos económicos es necesario que las empresas que forman la AIE
tengan bases imponibles fiscales muy altas, por eso aparecen en escena empresas
como Inditex, El Corte Inglés, Ikea… Por otro lado, la plusvalía generada a la
AIE por la venta del barco al armador se ve eliminada porque se pueden
acoger a un régimen de tonelaje la “tonne
tax ”.
Así, si tenemos en cuenta que las AIE, una vez
conseguidos los beneficios fiscales, se disuelven, al no tener personalidad
jurídica propia, comprenderemos que las AIE sólo intervienen para introducir en
su balance fiscal bases imponibles negativas y , de esta forma, pagar menos
impuestos.
2013 © José Antonio De LOrenzo Esta obra está licenciada baixo o Creative Commons Reconocimiento-CompartirIgual CC BY-SA 3.0. |
En este punto es conveniente que pongamos números al “tax lease”
, sabemos que entre 2002 y 2010 la construcción de 213 buques supuso unos
beneficios fiscales para las empresas de 7800 millones de €, más de 28 millones
y medio de € por cada barco. Lo que se reclama actualmente a España no es esta
cantidad, sólo se le reclama las ayudas
fiscales desde el año 2006. Esto es así porque en ese año Bruselas declaró
ilegal el sistema de ayudas francés, y en ese caso no se reclamó la devolución
de las ayudas amparándose en principios de seguridad jurídica. Bajo este mismo
punto de vista Bruselas tampoco exigirá la devolución las ayudas al naval
español anteriores al 2006.
Podéis leer un texto complementario en:
La "tax lease" sirve para un roto, para un descosido y para que Feijóo diga otra simpleza política , en el blog im-pulso
Etiquetas:
agrupación de interés económico,
Astilleros,
Asturias,
Comisión Europea,
Corte Inglés,
Galicia,
iKea,
Impuesto Sociedades,
inditex,
leasing,
País Vasco. Tax lease,
Política fiscal,
Sector naval,
tonne tax,
V
Suscribirse a:
Entradas (Atom)